La ITE en Galapagar se rige por la Ordenanza Municipal reguladora del deber urbanístico de conservación de edificaciones, de la inspección técnica periódica de edificios y construcciones y de la declaración de ruina, de 19 de noviembre de 2012.
En esta Ordenanza se indica que la Inspección Técnica de Edificios en Galapagar la han de pasar todos los edificios de más de 30 años de antigüedad, y que lo deberán hacer cada 10 años.
Se establece un período inicial de aplicación de manera que en 2014 la pasaran los edificios de más de 50 años, y en 2015 los que tengan entre 40 y 50 años.
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