Ayudas a la rehabilitación de edificios

PLAN DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

DEL MINISTERIO DE FOMENTO

 

El Ministerio de Fomento ha lanzado una campaña publicitaria destinada a dar a conocer los programas de ayudas a la rehabilitación de edificios incluidos en el marco del Plan Estatal 2013-2016.

En este marco existen los siguientes cuatro programas:

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas

El objeto y posibles beneficiarios de estos programas de ayudas a la rehabilitación de edificios se pueden consultar en la WEB del Ministerio de Fomento, y si estás interesado puedes hacerlo siguiendo el enlace de esta imagen.

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

El Ministerio cuantifica estas ayudas a la rehabilitación de edificios como sigue:

«Las ayudas podrán llegar a más de 1,2 millones de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva construidos antes de 1981. El Ministerio de Fomento financia hasta el 35% del coste de la actuación, con un límite de 11.000 € por vivienda a rehabilitar y de 30.000 € por vivienda construida en sustitución de otra demolida.

El Ministerio de Fomento aportará 418 millones de euros para la financiación de estas ayudas. La gestión de estas ayudas es competencia de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla. Los interesados en solicitarlas deberán dirigirse aquella que le corresponda.»

ITCE dispone de técnicos especializados en rehabilitación, eficiencia energética y accesibilidad, y acumula una gran experiencia en la realización del Informe de Evaluación de Edificios, requisito indispensable para acceder a alguna de estas ayudas.

Además le asesoramos y acompañamos en todos los trámites ante la Administración.

Contacte con nosotros para solicitar asesoramiento técnico y solicitar presupuesto sin compromiso.

ITCE

 

 

 

Homologación de títulos Plan Bolonia

HOMOLOGACIÓN DE TITULOS ANTERIORES AL PLAN BOLONIA

 

El pasado viernes 21 de noviembre de 2014 el Gobierno aprobó  el Real Decreto 967/2014 «por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado«

HOMOLOGACIÓN TÍTULO PLAN BOLONIAEsto permitirá que la personas en posesión de estas titulaciones de las promociones anteriores a  la reforma de Bolonia se puedan equiparar plenamente al máster.

De esta manera se resolverá los inconvenientes de correspondencia que han tenido que afrontar los ingenieros al salir a trabajar al extranjero.

El procedimiento que se define en el Real Decreto se puede alargar hasta nueve meses antes de la aprobación por el Consejo de Ministros, y en el intervendrán la Dirección General de Política Universitaria (DGPU), la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y el Consejo de Universidades.

En cuanto a la parte práctica y esperada por un gran numero de titulados, y una vez acabado el proceso, en el artículo 27 del Real Decreto «Expedición de Certificados» se indica:

«1. La posesión del nivel MECES correspondiente por un titulado o titulada quedará acreditada con la mera referencia de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, presentada de forma conjunta con el título de que se trate.
2. Con independencia de lo previsto en el apartado 1 anterior, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adoptará las medidas necesarias para que a través de su Sede Electrónica el interesado que así lo desee pueda obtener directamente un certificado de correspondencia a nivel MECES, expedido por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones.
3. El certificado quedará inscrito en una sección especial del Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales.»

ENLACES DE INTERÉS

ITCE

Centro Europeo de Producciones de Artes Audiovisuales y Escénicas

Comienzan las obras para la construcción del Centro Europeo de Producciones de Artes Audiovisuales y Escénicas

 

El Ayuntamiento de Getafe anuncia el comienzo de las obras para la construcción del Centro Europeo de Producciones de Artes Audiovisuales y Escénicas que ocupará la misma ubicación que el anterior Teatro Madrid de los años 70, en el número 54 de la calle Madrid, en el centro del Municipio.

CENTRO EUROPEO DE PRODUCCIONES DE ARTES AUDIVISUALES Y ESCENICAS DE GETAFE

El edificio contará con siete alturas: bajo rasante se ubicarán los espacios destinados a almacén, salas de ensayo y vestuarios, en la planta de acceso se encontrará una zona pública de exposiciones, el control de acceso y los camerinos, y en los tres niveles restantes se ubicará el teatro, que contará con un total de 250 butacas. Finalmente en el ático se dispondrá una zona Lounge.

La ejecución de tal singular edificio se posibilitó por la aprobación de una modificación puntual del Plan de Urbanismo del Municipio aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad, previamente aprobada por el Pleno Municipal.

La empresa adjudicataria resultó ser Dragados SA, el plazo de ejecución de 12 meses y el precio de adjudicación de 2.403.997,42 euros (IVA incluido).

CENTRO EUROPEO ARTES GETAFE

 

ITCE

Tasación Pericial Contradictoria

TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA

¿Qué es la Tasación Pericial Contradictoria?

Tasacion GetafeLa Tasación Pericial Contradictoria es un derecho que puede ser ejercido por el contribuyente cuanto está en desacuerdo con la valoración que la Administración ha hecho de sus bienes o derechos en un proceso de transmisión.

En el caso en el que haya existido una comprobación de los valores por parte de la administración, la solicitud o reserva para promover la tasación pericial contradictoria determina la suspensión del ingreso de la deuda tributaria, sin necesidad de aportar garantía alguna.

¿Cuándo se promueve la Tasación Pericial Contradictoria?

Existen dos períodos en los que se puede ejercer el derecho:

  • En el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la liquidación provisional derivada de la comprobación de valores realizada por la Administración.
  • O, si se ha optado por interponer un recurso, se podrá promover la Tasación Pericial Contradictoria en el plazo de un mes tras la resolución del mismo.

Para poder el contribuyente promover la Tasación Pericial Contradictoria una vez resuelto el recurso tiene que haber reservado el derecho a ello, habiéndolo hecho constar expresamente en el recurso previo.

¿Cómo se realiza la Tasación Pericial Contradictoria?

Tasación pericial contradictoria GetafeUna vez presentada la solicitud por parte del contribuyente para promover la Tasación Pericial Contradictoria, la Administración le requerirá que nombre un perito para la realización de la Tasación.

Este perito debe poseer la titulación acorde al bien a valorar, y sus honorarios profesionales deben ser abonados por el contribuyente que promueve la Tasación Pericial Contradictoria.

Conocido el perito la Administración concede un plazo de 15 días para entregar la valoración realizada por este.

Llegados a este punto el procedimiento puede derivar en dos caminos:

  • Si la diferencia entre el valor determinado por el perito de la Administración y la tasación practicada por el perito designado por el interesado, considerada en valores absolutos, es igual o inferior a 120.000 euros y al 10 por 100 de dicha tasación, esta última servirá de base para la liquidación.
  • Si la diferencia es superior deberá designarse un perito tercero. Con carácter previo a la actuación del perito tercero, tanto la Administración como el interesado deberán consignar depósito por el importe de los honorarios. Los gastos del perito tercero serán satisfechos por el contribuyente si la tasación es superior en un 20 por 100 del valor declarado. Si es inferior los honorarios del tercer perito correrán a cargo de la Administración. En estos casos será la tasación del tercer perito la que determine el valor de los bienes.

ITCE tiene una amplia experiencia en la realización de la Tasación Pericial Contradictoria. Nuestros técnicos tienen formación específica en esta área y han realizado numerosas tasaciones para particulares, habiendo ejercido también como perito tercero para diferentes administraciones,

Contacte con nosotros sin compromiso para plantear cualquier duda que puedan tener en este sentido.

Legislación sobre Tasación Pericial Contradictoria

  • BOE (2003). Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: Artículo 135. BOE número 302 (18 diciembre 2003). Página 45026.
  •  BOE (2007). Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos: Artículos 161 y 162. BOE número 213 (5 septiembre 2007). Páginas 36577 – 36578.
  •  BOE (1995). Real Decreto 828/1995, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Artículos 120 y 121. BOE número 148 (22 junio 1995). Páginas 18784 – 18785.
  •  BOE (1991). Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Artículo 98. BOE número 275 (16 noviembre 1991). Página 37183.

ITCE

Informe de Evaluación de Edificios

INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS

NUEVA HERRAMIENTA DEL MINISTERIO DE FOMENTO PARA SU REALIZACIÓN

 

El Ministerio de Fomento ha puesto a disposición de los técnicos una nueva  herramienta web para la elaboración del Informe de Evaluación de Edificios (IEE).

Informe de evaluación de edificios GetafeEste Informe es un requisito legal obligatorio con el que han de cumplir los propietarios de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva (particulares o comunidades de propietarios) con antigüedad superior a 50 años, y que tiene su origen en la  aprobación del Real Decreto 233/2013  y la Ley 8/2013.

En el Informe de Evaluación de Edificios  se deberá evaluar el estado de conservación del inmueble, las condiciones básicas de accesibilidad universal en cuanto a la utilización y acceso al mismo, y la certificación de eficiencia energética del edificio, con una periodicidad de 10 años.

Podría ser considerado por tanto como un informe ITE ampliado en las materias de accesibilidad y eficiencia energética.

De hecho, si un inmueble cuenta ya con una ITE en vigor anterior al 28 de junio de 2013, el Informe de Evaluación de Edificios se le exigirá cuando le toque la revisión de aquella, si se realiza en un plazo de 10 años a contar desde el 28 de junio de 2013. El Informe de Evaluación de Edificios se completará en este caso en en los aspectos que no contemplaba la Inspección técnica de Edificios.

En los siguientes ponemos abajo puede encontrar respuesta  a las dudas más habituales sobre el Informe de Evaluación de Edificios:

  • ¿qué es el Informe de Evaluación de Edificios?
  • ¿quién puede hacer el Informe de Evaluación de Edificios?
  • Obligación y plazos para el Informe de Evaluación de Edificios
  • Ayudas y subvenciones

No obstante, ITCE cuenta con técnicos especializados en la realización del Informe de Evaluación de Edificios, con los que puede contactar para plantear cuantas dudas técnica puedan surgir.

Enlaces:

 Página del Ministerio de Fomento dedicada al Informe de Evaluación de Edificios:

Informe de Evaluación de Edificios Getafe

Página de la Comunidad de Madrid dedicada al Informe de Evaluación de Edificios:

Informe de Evaluación de Edificios Getafe

 

ITCE

Fallo del Concurso Renove Getafe

FALLO DEL CONCURSO RENOVE GETAFE

 

El COAM hace público los edificios de Getafe seleccionados en el Renove Getafe

 

El pasado día 9 de octubre tuvo lugar, en un acto celebrado en el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM), el fallo del Concurso Renove Getafe. En este acto se presentaron los dos edificios de Getafe que serán rehabilitados en el marco del Concurso.

Con ello el COAM pone en marcha el Plan Renove Municipios para la rehabilitación urbana de Getafe y Móstoles.

Estos edificios están situados uno en la calle Jardines y otro en la calle Juan de la Cierva.

 «Con los dos inmuebles ya escogidos, el próximo paso consiste en elaborar un análisis profundo del estado actual de la vivienda para exponer a las comunidades de vecinos cuál es la situación y qué ahorros se podrán generar con un plan de rehabilitación integral. A partir de ahí, el COAM convocará un concurso donde los arquitectos presentaran sus mejores propuestas para la rehabilitación, cuyo ganador será escogido por un jurado en el que los propios vecinos, con voto de calidad, formarán parte del jurado junto a expertos del colegio de arquitectos y otros profesionales. Para la financiación de los trabajos estarán disponibles las subvenciones del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) y de MAGRAMA a través de la Oficina de Cambio Climático». ( COAM)

En el caso de Móstoles acaba de comenzar el proceso para seleccionar los edificios que formarán parte de concurso Renove Móstoles.

Renove Getafe calle Jardines

Edificio de la calle Jardines

Renove Getafe Juan de la Cierva

Edificio de la calle Juan dela Cierva

Rehabilitación del antiguo mercado municipal de Getafe

EL AYUNTAMIENTO ADJUDICA LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL ANTIGUO MERCADO MUNICIPAL DE GETAFE.

Mercado de Getafe

El Ayuntamiento de Getafe ha aprobado en su última Junta de Gobierno adjudicar las obras de rehabilitación del antiguo mercado municipal de Getafe situado en la esquina de la calle Madrid con la calle Jardines.

El mercado, tras  15 años cerrado, se convertirá en un centro de usos múltiples con salas polivalentes para albergar ferias, actividades culturales o exposiciones.

La empresa adjudicataria ha sido Taller TMR con un precio de adjudicación de 997.182 euros, IVA incluido.

El proyecto fue realizado por el estudio de arquitectura A-Cero, del conocido «arquitecto de los famosos» Joaquín Torres.

El inicio de las obras está previsto para finales de este mes de octubre, y el plazo de ejecución es de siete meses.

El proyecto de rehabilitación del mercado de abastos contempla dos plantas más un sótano con un total de 750 metros cuadrados útiles.

La primera planta acogerá el vestíbulo, una sala polivalente, salas de servicio y un almacén; la segunda planta, dos aulas de conferencias y zonas comunes; y la planta sótano será zona de almacén.

 Para más información puede seguir este enlace a la página del ayuntamiento.

Concurso RENOVE Getafe

CONCURSO RENOVE GETAFE

 

Concurso RENOVE Getafe

Mañana jueves 9 de octubre, en la Sede del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, tendrá lugar el fallo del concurso RENOVE Getafe con la asistencia del Alcalde del municipio D. Juan Soler.

Dentro del marco de los Madrid Renove nació Madrid Renove Municipios, siendo Getafe el primer municipio en participar en esta nueva iniciativa

El concurso RENOVE Getafe se ha convocado con el objeto de seleccionar un edificio de uso residencial, en el que se realizarán obras de rehabilitación integral con el que  conseguir ahorros significativos en cuanto a consumo de energía y que mejorará el confort y calidad de vida.

Además las conclusiones que se extraigan de estos trabajos pretenden ser una reflexión para futuras actuaciones de rehabilitación para la mejora en la calidad urbana de Getafe.

Este concurso cuenta con empresas colaboradoras  patrocinadoras de la iniciativa, de gran prestigio, que son paradigma de innovación y están orientadas al aporte de soluciones constructivas eficaces y sostenibles.

Todo ello contando con el apoyo del Ministerio de Fomento, la Comunidad de Madrid, la Federación de Municipios de Madrid, el Ayuntamiento de Getafe el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía IDAE (con el Programa PAREER de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial), el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja y la Fundación ONCE.

Un año del Certificado de Eficiencia Energética

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

 Entrevista a Francisco Javier Méndez en el programa Para todos La 2

 

El programa de la segunda cadena de RTVE Para todos La 2 emitió el pasado 23 de septiembre de 2014 una interesante entrevista a Francisco Javier Méndez, director del gabinete técnico del Colegio de Aparejadores de Madrid, sobre el Certificado de Eficiencia Energética

En ella se explica en qué consiste y qué objetivos persigue el Certificado, resolviéndose la dudas más habituales que el propietario de un inmueble suele tener a al hora de ponerlo en alquiler o en venta.

Inspección de eficiencia energética de las instalaciones térmicas de edificios

INSPECCIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DE EDIFICIOS

 

En el Boletín de la Comunidad de Madrid nº191 se ha publicado la Orden de 30 de julio, de Inspección Técnica de Eficiencia Energética de las instalaciones térmicas de edificios con potencia útil nominal superior a 70 Kw,  que regula los procedimientos y modelos de informe oficial a realizar en determinadas instalaciones térmicas de edificios, nuevas o existentes con generadores de calor o frío.

Esta orden complementa al Decreto 10/2014, de 6 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento para llevar a cabo las inspecciones de eficiencia energética de determinadas instalaciones térmicas de edificios, que es de obligado cumplimiento en la Comunidad de Madrid  desde  el 10 de agosto de 2014.Inspección de eficiencia energética de las instalaciones térmicas de edificios

En la disposición transitoria de este Decreto, se publican los calendarios obligatorios para la primera inspección y la periodicidad de las mismas, dependiendo del tipo de instalación, su antigüedad  y la energía empleada.

Las primeras instalaciones térmicas obligadas a la inspección de eficiencia energética deberán acreditar haber cumplido con la obligación a fecha 15 de octubre de 2014 si se trata de instalaciones de  calefacción y agua caliente en servicio antes de 1 de enero de 1981.

Continuar leyendo