SESIONES INFORMATIVAS SOBRE LA ITE EN GETAFE EN 2017

SESIONES INFORMATIVAS SOBRE LA ITE EN GETAFE EN 2017

 

La Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe está llevando a cabo sesiones informativas sobre la ITE en Getafe en 2017.

Adjuntamos a continuación el cartel informativo de las mismas.

 

SESIONES INFORMATIVAS SOBRE LA ITE EN GETAFE EN 2017

ITCE es un estudio de arquitectura que cuenta con técnicos especializados en la realización de inspección técnica de edificios e informe de evaluación de edificios.

Nuestra empresa se ha convertido en un referente a nivel de Comunidad de Madrid en este tipo de inspecciones.

Puede contactar con nosotros sin compromiso y uno de nuestros técnicos le atenderá en lo referente a estos temas, o en cualquier otro relacionado con la arquitectura y la ingeniería.

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PINTO EL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE)

PINTO EL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE)

 

El Ayuntamiento ha desarrollado la ordenanza municipal que regulará en Pinto el Informe de Evaluación de Edificios (IEE).

PINTO EL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOSLa aprobación inicial de la ordenanza tuvo lugar el pasado 22 de diciembre de 2016, y su anuncio se publicó en el BOCM el 18 de enero de 2017.

Esta ordenanza sustituye a la anterior ordenanza reguladora de la ITE (Inspección técnica de edificios), y articula un sistema de control en el que se evalúa, además de los aspectos que se inspeccionaban en la ITE, los relacionados con la accesibilidad y la eficiencia energética de los edificios.

Se establece que se han de someter al Informe de Evaluación de Edificios todos aquellos que tengan 30 año o más. La validez del informe es de 10 años.

El IEE es un informe ya regulado a nivel nacional y autonómico, de hecho, se presenta en el Ayuntamiento de Pinto y este lo registrará en el órgano de control de la Comunidad de Madrid.

Anualmente el Ayuntamiento de Pinto hará público el listado de edificios que deberán someterse al Informe de Evaluación de Edificios, pudiéndose ya consultar en su WEB los que han de hacerlo en el año 2017 (ver enlaces abajo).

Contacte con ITCE y uno de nuestros arquitectos le informará sobre el contenido del Informe.

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SOLICITUD DE TERRAZAS Y VELADORES EN GETAFE PARA 2017

SOLICITUD DE TERRAZAS Y VELADORES EN GETAFE PARA 2017

 

El pasado mes de diciembre se emitió el vado municipal por el que se informaba a los hosteleros los pasos a seguir para la solicitud de terrazas y veladores en Getafe para 2017.

La solicitud debe de ir acompañada de la siguiente documentación:

  • SOLICITUD DE TERRAZAS Y VELADORES EN GETAFE PARA 2017Relación del mobiliario (mesas, sillas, vallas, jardineras, etc.) que se pretende instalar, fotografía del mismo.
  • Plano de situación a escala 1:500 de la terraza.
  • Plano de detalle a escala 1:100 de la terraza.
  • Fotografía a color de la zona de la que se quiere instalar la terraza.
  • Copia del seguro de responsabilidad civil.
  • Copia del recibo del pago del seguro.
  • Autorización de los titulares de los locales colindantes, en el caso de que la terraza vaya a ocupar su frente de fachada.

Toda esta documentación se ha de presentar en papel y CD, y en este los archivos de dibujo tienen que ir en formato DWG y el resto en formato PDF.

El plazo para presentar la documentación solicitada es desde el 27 de diciembre de 2016 al 31 de enero del 2017.

En ITCE tenemos una gran experiencia en la preparación y tramitación de la documentación necesaria para acompañar a la solicitud. Contacte con nosotros y le asesoraremos sin compromiso.

 

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ITE EN GETAFE EN 2017

ITE EN GETAFE EN 2017

 

El pasado 23 de diciembre de 2016 El Ayuntamiento de Getafe ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el anuncio del Padrón de Edificios que deben pasar la ITE en Getafe en 2017.

La Inspección Técnica de Edificios en 2017 la tienen que pasar los inmuebles que hayan sido construidos o reestructurados entre 1976 y 1979, más algunos que fueron construidos en 1970 y que no la pasaron en 2015.

ITE en Getafe en 2017Este padrón está expuesto al público en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Getafe, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Las comunidades que tienen que pasar la ITE de su edificio pueden optar por hacer el Informe de Evaluación de Edificios. Este es un informe más completo con el que se puede optar a solicitar subvenciones públicas en el caso de que se requieran realizar reparaciones.

ITCE es un estudio de arquitectura con una amplia experiencia en la realización de ITE. Nos ponemos a su disposición para informarle sin ningún compromiso sobre en qué consiste la Inspección Técnica de Edificios y el Informe de Evaluación de Edificios.

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MERCADO DE NAVIDAD

MERCADO DE NAVIDAD

 

ITCE ha colaborado con ACOEG, la Asociación de Comerciantes y Empresarios de Getafe, en la tramitación de la licencia para la implantación de las casetas para el mercado de Navidad de 2016 en la calle Madrid del municipio.

El trabajo ha consistido en la realización de la documentación técnica necesaria para la solicitud de licencia, así como en la certificación posterior de la implantación llevada a cabo.

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En ITCE contamos con técnicos especialistas en la tramitación de licencias de actividad. Contacte con nosotros y uno de nuestros técnicos le asesorará si compromiso.

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CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE UNA NAVE INDUSTRIAL

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE UNA NAVE INDUSTRIAL

 

Se nos ha planteado en varias ocasiones la consulta de si hay que realizar el certificado de eficiencia energética de una nave industrial.

Para responder a esta pregunta hay que atender a lo recogido en el punto 2 del artículo 2 del R.D. 235/2016, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, en el que se recogen los edificios que están excluidos del ámbito de aplicación del mismo. Estos son:

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE UNA NAVE INDUSTRIAL

a) Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.

b) Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.

c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.

d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.

e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.

g) Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.

De la lectura del apartado d) vemos que en el caso de los edificios industriales lo que queda excluido de certificación es la parte destinada a taller o proceso industrial. Es decir, que, si existe una parte de la edificación destinada a otros usos, como puede ser oficina, salas de espera y atención al cliente, zonas de exposición, etc. Estas no están excluidas de certificación.

Pueden consultar con nuestros técnicos sus dudas referentes a la realización del certificado de eficiencia energética.

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EL INFORME DE EVALUACION DE EDIFICIOS-IEE Y LA ITE EN GETAFE

EL INFORME DE EVALUACION DE EDIFICIOS-IEE Y LA ITE EN GETAFE

 

La Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda está realizando reuniones informativas sobre el Informe de Evaluación de Edificios-IEE y la ITE en Getafe.

EL INFORME DE EVALUACION DE EDIFICIOS-IEE Y LA ITE EN GETAFELa Inspección Técnica de Edificios, conocida como ITE, es una herramienta que ya lleva varios años implantada en el Municipio, y que obliga a todos los edificios de más de 30 años a pasar una inspección por parte de un técnico competente, arquitecto o aparejador.

El Informe de Evaluación de Edificios, o IEE, es la herramienta que viene a sustituir a la ITE. Este informe de inspección engloba a la ITE y la complementa con un análisis de la Eficiencia Energética del Edificio y con un estudio de Accesibilidad del mismo.

Este Informe de Evaluación de Edificios es obligatorio para el caso de querer optar a subvenciones que actualmente existen de diversas administraciones (comunidades autónomas y ayuntamientos) para la realización de obras de rehabilitación, eficiencia energética y accesibilidad, como es el caso de la instalación de ascensores.

ITCE somos una empresa de referencia en la Comunidad de Madrid para la realización de la ITE y del Informe de Evaluación de Edificios, ya que disponemos de técnicos especializados es estas materias: Inspección Técnica de Edificios, Accesibilidad y Eficiencia Energética.

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AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

 

El pasado 1 de septiembre se abrió el segundo de los plazos para solicitar las ayudas del Ayuntamiento de Madrid para realizar obras de reforma para mejora de la accesibilidad, la calificación energética y la rehabilitación de edificios existentes.

Estas subvenciones están dentro del Plan MAD-RE (Madrid Recupera).

Las actuaciones que son subvencionables dentro de cada uno de estos grupos son las siguientes:

  • Accesibilidad
    • Instalación de ascensores, y las obras necesarias para ello.
    • Instalación de otros dispositivos que mejoren la accesibilidad
    • Instalación de elementos que permitan la accesibilidad a zonas comunes del edificio (jardines, zonas deportiva y recreo, etc.)
  • Conservación y Rehabilitación:
    • Obras relativas al estado de conservación de la estructura del edificioayudas-del-ayuntamiento-de-madrid
    • Obras relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, u otros elementos como cornisas, salientes, vuelos, etc.
    • Obras de adecuación a la normativa vigente del saneamiento, fontanería, electricidad, gas, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones.
    • Obras para mantener el correcto uso (no sustitución) de elementos de comunicación horizontal y vertical del edificio.
  • Eficiencia energética
    • Se debe realizar una mejora de la envolvente térmica del edificio de al menos un nivel en su calificación mediante la mejora del aislamiento térmico del edificio, sustitución de ventanas, etc. o la mejora de la demanda energética en un 30 %.
    • Conseguido lo anterior también es subvencionable la instalación o mejora de los equipos e instalaciones de calefacción y refrigeración.

Entra la documentación a presentar para la solicitud de las subvenciones está el Informe de Evaluación de Edificios.

ITCE es un estudio especializado en Inspección Técnica de Edificios, Eficiencia Energética y Accesibilidad, además de en la realización de proyectos de edificación de obra nueva y rehabilitación.

Somos arquitectos especializados en la realización del Informe de Evaluación de Edificios. Le asesoramos sin compromiso sobre la documentación técnica necesaria para la solicitud de las ayudas del Ayuntamiento de Madrid para accesibilidad  conservación y eficiencia energética.

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SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA ACCESIBILIDAD CONSERVACIÓN Y EFICIENCIA ENERGETICA

SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA ACCESIBILIDAD CONSERVACIÓN Y EFICIENCIA ENERGETICA

 

Mediante Decreto de 30 junio de 2016 se aprobó la Convocatoria Pública para Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para accesibilidad conservación y eficiencia energética de los edificios existentes de uso residencial.

El importe destinado a estas subvenciones es de 16.000.000 € en tres años, pudiéndose ver incrementadas en un 50 %, repartidas en 8.000.000 € en 2.016 €, 6.000.000 € en 2017 y  2.000.000 € en 2018.

SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA ACCESIBILIDAD CONSERVACIÓN Y EFICIENCIA ENERGETICAEstas subvenciones están dentro del Plan MAD-RE (Madrid Recupera).

Los edificios existentes que pueden optar a las ayudas son:

  • Los del todo el término municipal para actuaciones de mejora de la accesibilidad.
  • Los edificios situados en Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRUS).

(Puse este enlace para ver un mapa con estas Áreas)

Entre la obras que pueden ser objeto de subvención están: la instalación de ascensores, la mejora energética del edificio mediante la instalación de aislamientos o cambio de ventanas, obras de rehabilitación detectadas en la Inspección técnica de edificios ITE.

Los plazos de solicitud de las subvenciones son:

  • Primer plazo: 9 de julio de 2016 a 31 de agosto de 2016
  • Segundo plazo: 1 de septiembre de 2016 al 14 de octubre de 2016
  • Tercer plazo: 15 de octubre de 2016 al 30 de noviembre de 2016

Entra la documentación a presentar para la solicitud de las subvenciones está el Informe de Evaluación de Edificios IEE.

ITCE es un estudio especializado en Inspección Técnica de Edificios, Eficiencia Energética y Accesibilidad, además de en la realización de proyectos de edificación de obra nueva y rehabilitación.

Disponemos de arquitectos especializados en la realización del Informe de Evaluación de Edificios que le pueden asesorar sin compromiso sobre la documentación técnica necesaria para la solicitud de las subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para accesibilidad conservación y eficiencia energética.

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AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

 

El pasado 19 de mayo se publicó en el BOCM la ORDEN de 18 de mayo de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la rehabilitación de edificios de la Comunidad de Madrid.

Estas subvenciones tienen por objeto financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar finalizados antes de 1981.
  • Que, al menos, el 70 por 100 de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
  • Que, al menos el 70 por 100 de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRIDExcepcionalmente, se admiten en este programa edificios que, sin cumplir las condiciones anteriores:

  • Presenten graves daños estructurales o de otro tipo, que justifiquen su inclusión en el programa.
  • Tengan íntegramente como destino el alquiler, durante, al menos diez años a contar desde la recepción de la ayuda

Serán consideradas actuaciones subvencionables en los edificios tres tipos según se dirijan a:

  • Su conservación.
  • La mejora de la calidad y sostenibilidad o
  • A realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad.

No serán subvencionables las obras finalizadas con anterioridad al 4 de diciembre de 2014, fecha de entrada en vigor de la Orden 2252/2014, de 28 de noviembre, del Ministerio de Fomento, por la que se determina la efectividad de las líneas de ayudas previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

Las obras de rehabilitación objeto de subvención deberán estar finalizadas antes del 31 de marzo de 2017.

Para la obtención de las subvenciones a la rehabilitación edificatoria se requiere que:

  • El edificio cuente con el correspondiente “informe de evaluación” con el contenido que establece el Anexo II del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, cumplimentado y suscrito por técnico competente. A tales efectos, si la Inspección Técnica de Edificios o instrumento de naturaleza análoga existente en el municipio aportase la misma información que dicho informe requiere, bastará con su presentación, siempre que esté actualizado. En caso de que la información aportada recoja parcialmente la señalada en el Anexo II de dicho Real Decreto, se podrá incorporar directamente al informe, debiendo cumplimentarse el resto por un técnico competente.
  • Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios de que se trate, debidamente agrupadas, salvo en los casos de edificios de propietario único, y con la autorización administrativa correspondiente, cuando sea preceptiva.
  • Cuando se trate de actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad y/o mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio o edificios, estos sumen, como mínimo, ocho viviendas, o excepcionalmente menos, cuando en el inmueble vayan a acometerse simultáneamente obras de conservación o cuando habiten personas con una discapacidad de al menos un 33 por 100, o mayores de sesenta y cinco años.
  • Se aporte proyecto de la actuación. Para el caso de que las actuaciones no exijan proyecto, se justifique en una memoria suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación hasta donde sea viable, urbanística, técnica o económicamente.

Todas las actuaciones subvencionables podrán incluir a efectos de determinar el coste total de las obras: Los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, siempre que estén justificados. No se incluirán impuestos, tasas o tributos.

En el enlace que figura más abajo puede consultar el importe subvencionable de las obras de reforma y como tramitar las solicitudes.

En ITCE contamos con técnicos con gran experiencia acumulada tanto en la realización de los estudios que se requieren para la solicitud de las ayudas: Informe de Evaluación de Edificios (IEE), Inspección Técnica de Edificios (ITE), Estudios de Accesibilidad, Proyectos de Reforma, etc., como en la dirección de las propias obras de rehabilitación.

Contacte con nosotros y le asesoraremos sin compromiso.

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ORDEN de 18 de mayo de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, de la Comunidad de Madrid. (BOCM)

 

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