ITE Y IEE EN ALCALÁ DE HENARES

ITE Y IEE EN ALCALÁ DE HENARES

Respecto a la ITE y el IEE en Alcalá de Henares el pasado 22 de septiembre se publicó en el BOCM la Ordenanza de conservación de edificaciones en el término municipal de Alcalá de Henares.

Esta ordenanza viene a regular el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) y el informe de Inspección Técnica de Edificios (ITE), y deroga la Ordenanza de conservación de las edificaciones e inspección técnica de edificios de 2001

El Informe de Evaluación de Edificios en Alcalá de Henares se exigirá:

  • IEE EN ALCALÁ DE HENARESa los edificios de tipología vivienda residencial colectiva con una antigüedad superior a cincuenta años desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general.
  • y a Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.

 

El informe de Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares será exigible a:

  • ITE EN ALCALÁ DE HENARESLos edificios de tipología vivienda residencial colectiva con una antigüedad superior a treinta años e inferior a cincuenta años desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general.
  • y al resto de construcciones y edificaciones de tipología diferente a vivienda residencial colectiva que cuenten con una antigüedad superior a treinta años con el fin de determinar su estado de conservación o cuando así lo determinen los Servicios Técnicos Municipales por haber detectado deficiencias en el estado de conservación de un edificio.

El Ayuntamiento irá publicando anualmente el padrón de edificios que has de pasar la ITE y el IEE en Alcalá de Henares, aunque la propia Ordenanza recoge el siguiente calendario para los edificios que deben pasar por estos procesos en los próximos años:

Durante el año 2022:

  • Deberán realizar el informe de evaluación de edificios en Alcalá de Henares (IEE) los inmuebles de tipología residencial colectiva con una antigüedad anterior al 31-12-1965 y aquellos inmuebles y edificios residenciales colectivos, que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 50 años (año 1971).
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) los edificios de tipología residencial colectiva que tengan en ese ejercicio una antigüedad de 30 años y menor de 50 años.
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) resto de edificios, de cualquier otro uso y tipología, con antigüedad anterior al 31-12-1960 y los construidos en el año 1991.

Durante el año 2023:

  • Deberán realizar el informe de evaluación de edificios en Alcalá de Henares (IEE) los inmuebles de tipología residencial colectiva con una antigüedad entre el 01-01-1966 y 31-12-1969 y aquellos inmuebles y edificios residenciales colectivos, que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 50 años (año 1972).
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) los edificios de tipología residencial colectiva que tengan en ese ejercicio una antigüedad de 30 años y menor de 50 años.
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) resto de edificios, de cualquier otro uso y tipología, con antigüedad anterior entre 1-1-1961 hasta el 31-12-1975 y los construidos en el año 1992.

Durante el año 2024:

  • Deberán realizar el informe de evaluación de edificios en Alcalá de Henares (IEE) los inmuebles de tipología residencial colectiva que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 50 años (año 1973).
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) los edificios de tipología residencial colectiva que tengan en ese ejercicio una antigüedad de 30 años y menor de 50 años.
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) resto de edificios, de cualquier otro uso y tipología, con antigüedad entre el 01-01-1976 y 31-12-1981 y los construidos en el año 1993.

Durante el año 2025:

  • Deberán realizar el informe de evaluación de edificios en Alcalá de Henares (IEE) los inmuebles de tipología residencial colectiva que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 50 años (año 1974).
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) los edificios de tipología residencial colectiva que tengan en ese ejercicio una antigüedad de 30 años y menor de 50 años.
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) resto de edificios, de cualquier otro uso y tipología, con antigüedad entre el 01-01-82 y 31-12-1987 y los construidos en el año 1994.

Durante el año 2026:

  • Deberán realizar el informe de evaluación de edificios en Alcalá de Henares (IEE) los inmuebles de tipología residencial colectiva que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 50 años (año 1975).
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) los edificios de tipología residencial colectiva que tengan en ese ejercicio una antigüedad de 30 años y menor de 50 años.
  • Deberán realizar Inspección Técnica de Edificios en Alcalá de Henares (ITE) resto de edificios, de cualquier otro uso y tipología, con antigüedad entre el 01-01-1988 y 31-12-1995.

A partir del año 2027 y siguientes se realizará el IEE en Alcalá de Henares de aquellos inmuebles y edificios residencial colectiva, que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 50 años o de aquellos en los que hayan transcurrido 10 años desde la última inspección.

Se realizará la ITE en Alcalá de Henares en el resto de edificios, de cualquier otro uso y tipología, que cumplan en ese ejercicio una antigüedad de 30 años.

En ITCE tenemos una amplia experiencia en la realización de los informes de ITE y el IEE en Alcalá de Henares y en toda la Comunidad de Madrid.

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